Plan de Convivencia

1. INTRODUCCIÓN.

Según la ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo, todos los centros deben incluir en su proyecto educativo un Plan de Convivencia, así como establecer las normas que garanticen su cumplimiento. El decreto 4/2009, de 23 de enero, establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de La Rioja y establece los derechos y deberes de sus miembros. Este decreto permite a los centros escolares, en virtud de la autonomía que la Ley Orgánica de Educación les confiere, elaborar su propio Plan de Convivencia, así como la normativa que asegure su cumplimiento.

La Titularidad de “Misioneras del Divino Maestro”, institución educativa católica al servicio de la persona, desde nuestro Carácter Propio proponemos un MODELO DE CONVIVENCIA en nuestro Centro basado fundamentalmente en la educación integral de nuestros alumnos .

Esta educación integral tiene su razón de ser desde la propia filosofía educativa pretendida por los fundadores, donde nuestra actuación no sólo va encaminada a desarrollar inteligencias sino, principalmente la voluntad , es decir, para nuestros centros “Educar es enseñar a vivir”, esto implica la atención e interés por los aspectos comunitarios de los alumnos, su capacidad de pensar y comunicarse en grupo, de convivir y trabajar con los demás, la exigencia y firmeza en el estudio, en las diversas actividades de la vida escolar, la cooperación y la participación de los alumnos en su propia formación.

Para favorecer esta formación integral de los jóvenes es necesario que en el Centro se establezca un clima de trabajo, cooperación y respeto. Para ello es preciso que todos los sectores de la comunidad educativa acepten las normas de convivencia establecidas y se comprometan a respetarlas.

En esta sociedad en la que nos encontramos inmersos donde la formación humano-cristiana ha ido perdiendo relevancia, desencadenando una crisis de valores en nuestros jóvenes, nuestra tarea educativa desde su prácticas concretas tiene la inmensa posibilidad de dar alternativas de solución inspiradas en la persona de JESÚS DIVINO MAESTRO y en la vivencia de los valores evangélicos, cuyo culmen es el amor, valor esencial de nuestra filosofía educativa: “ LA EDUCACIÓN ES OBRA DE AMOR”.

Por ello, potenciamos de forma transversal una formación en valores que proporciona a la persona:

• Capacidad de saber reconocer el punto de equilibrio entre libertad y tolerancia, puesto que crear una verdadera cultura de la tolerancia requiere fijar límites de lo intolerable.

• Formación en y para el respeto hacia lo diferente, como disposición de admitir en los demás una manera de ser y de obrar distinta a la propia.

• Actitud de aceptación del legítimo pluralismo.

• Estimulamos el reconocimiento de la responsabilidad personal y colectiva ante las injusticias sociales.

• Intentamos fomentar el sentido comunitario, democrático, participativo y la vivencia de los valores de: acogida, alegría, perdón, sencillez, servicio, solidaridad y corresponsabilidad.

Los Centros Divino Maestro reconocen la familia como la expresión primera y fundamental de la naturaleza social del hombre. Compete inicialmente a los padres la tarea educadora, son ellos los primeros y principales pedagogos de sus hijos. En este sentido, mantenemos una relación personal y constante con ellos a través de la acción tutorial y seguimiento personalizado familia-escuela.

La principal finalidad de este plan es conseguir el adecuado clima escolar, el respeto de los alumnos a la institución escolar y al profesorado, así como aceptación por parte de los padres/tutores de su responsabilidad en la educación de sus hijos.

Es el Plan de Convivencia un medio más de hacer realidad concreta la puesta en práctica de nuestra oferta educativa: LA FORMACIÓN HUMANA Y CRISTIANA del ALUMNADO para ayudarles a sentirse responsables de sus semejantes y de la sociedad.

2. ANÁLISIS DEL CENTRO Y DE LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA.

2.1. Características del Centro y su entorno.

El Centro Divino Maestro colabora en satisfacer las necesidades de escolarización no sólo de la zona, sino de todas las familias que, sin pertenecer a la misma, soliciten plaza en él, por considerar que cubre sus expectativas educativas.

El Centro está ubicado en terreno apto, de modo que permite el equipamiento escolar pudiéndose llevar a cabo, en todo momento las exigencias legales.

La demanda es amplia debido a varios factores:

• El carácter propio que impregna la labor docente, los valores humano-cristianos que transmite el Centro y que posibilitan una educación integral del alumno.

• El nivel educativo impartido, intentando desarrollar al máximo las potencialidades de los alumnos.

• El interés que despierta un Centro familiar y cercano que permite el seguimiento personalizado del alumno y una buena relación familia-escuela.

• La ubicación del Centro inmerso en una zona de crecimiento urbanístico, ya que se han construido y se construyen nuevas viviendas que están y son ocupadas, en su mayoría por parejas jóvenes.

• Existe comedor escolar, atendiendo con este servicio a las familias que por motivos laborales lo solicitan.

Se imparten las enseñanzas en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Secundaria Obligatoria, en una sola línea, reuniendo generalmente a una media de 350 alumnos. El claustro reúne un total de 26 profesores.

El nivel socioeconómico de las familias atendidas es medio, con predominio de personal cualificado en el ámbito laboral. Las profesiones más comunes se desarrollan en el campo de la construcción, fontanería, pintura, trabajadores con más o menos especialidad en el mundo de la empresa, trabajadores autónomos, funcionarios, etc. En relación a la situación actual, se está detectando en el Centro un incremento de familias en paro y con problemas económicos.

Dentro de la situación familiar de nuestros alumnos, en el Centro está aumentando el número de familias desestructuradas: separaciones, madres solteras….

El Centro Divino Maestro cuenta con un edificio de dos plantas en el que se concentran las actividades académicas con la siguiente disposición:

• En la planta baja se ubican Dirección, Secretaría, Sala de Profesores, Departamento de orientación, Sala de reunión del AMPA, el Salón de Actos, Comedor, Aula de Pedagogía Terapéutica, Aula de Apoyo, Capilla, Sala de Informática I y ocho aulas.

• En la primera planta además de cinco aulas, se encuentran la Sala de Informática II, Laboratorio, Aula de Música, Biblioteca y Aula de Compensatoria.

• También cuenta con un Polideportivo propio.

El Centro cuenta con 26 profesores, número que puede variar ante las necesidades que presenta el alumnado matriculado. Además de los profesores tutores y especialistas el Centro cuenta con orientadora, PT, logopeda y profesorado de apoyo compensatoria.

2.2. Estado de la convivencia

La familia, como la sociedad actual, está viviendo una crisis de valores que repercute en el alumnado y que puede mejorarse con un consenso entre padres/madres/tutores y profesores que intenten mejorar el entorno y la sociedad en la que estamos inmersos.

La acción tutorial es una de las prioridades que tiene el Centro por considerar de suma importancia la relación no sólo tutor-alumno sino también de tutor-familia. De ahí que el Centro no escatime esfuerzos en este aspecto educativo, consiguiendo un nivel participativo familiar alto. Se constata que los padres en general manifiestan interés y acuden asiduamente a las entrevistas con los tutores.

En el Centro, se vive un ambiente relacional sano y equilibrado entre las diferentes etnias y clases sociales que conviven en el mismo, existiendo un aumento considerable de población inmigrante en los últimos años. Esta diversidad la consideramos enriquecedora.

Para armonizar estas diferencias culturales trabajamos valores humano – cristianos fomentando actitudes de respeto, tolerancia y colaboración entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Esta colaboración se hace patente en los distintos momentos de la vida del Centro.

En nuestro Centro, en la mayoría de los casos, las familias se preocupan de la evolución de sus hijos en la escuela, asisten a las tutorías, tienen contactos continuos con el tutor y con el Centro. Pero existe una minoría de padres y madres que no se involucran demasiado en el proceso educativo, con el consiguiente perjuicio para el alumno, sobre todo, cuando se ve agravado con unos resultados académicos no satisfactorios.

Dentro de los alumnos hay fuertes contrastes en cuanto a la motivación hacia el estudio, la mayoría de nuestros alumnos son receptivos a la orientación del profesorado respecto a su proceso de aprendizaje, aunque se da la circunstancia de que algunos alumnos muestran ya abandono escolar, derivando en pasividad, indiferencia y en conductas conflictivas en casos puntuales. Cuando estas actitudes deterioran el normal desarrollo de las clases provoca malestar en algunos padres porque influye en el ambiente de estudio y en el rendimiento escolar de sus hijos.

2.3. Relación con las familias y la comunidad.

Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los tutores, quienes convocan a los padres/tutores, bien colectivamente, al menos una vez al año y a principios de curso, bien individualmente, a lo largo del mismo.

Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta Directiva mantiene un estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos organismos cooperan para todo lo que mutuamente se solicitan, haciendo una labor encomiable para el bien de la Comunidad Educativa.

De cualquier asunto significativo que tenga que ver con la conducta de un alumno, los padres/tutores tienen inmediato conocimiento, bien por escrito, personalmente, por teléfono o por correo electrónico. La respuesta de las familias es, en general, receptiva y de colaboración, sobre todo en los niveles inferiores.

2.4. Análisis de los conflictos y respuestas más frecuentes.

El clima del Centro en general es positivo y las relaciones, dentro de los diferentes sectores de la Comunidad educativa (profesores, alumnos y P.A.S.), es correcto y respetuoso.

En Infantil y Primaria la conflictividad tiene un carácter leve constatándose esporádicamente la existencia de algún alumno con problemas conductuales. Se observa que, aunque estas incidencias no tienen una gran importancia directa, es fundamental su control de cara a la prevención, dado que muchos de los alumnos que en Secundaria presentan conductas disruptivas, han mostrado previamente conductas problemáticas en Primaria.

En Secundaria surgen algunos casos puntuales de alumnos con comportamientos disruptivos en el aula, que impiden que algunas clases se desarrollen con normalidad, interrumpiendo al profesor, incluso faltándole al respeto. Son alumnos, por otra parte, que en general no muestran interés alguno por las materias impartidas, en muchas ocasiones no traen el material necesario a clase, han repetido curso alguna vez a lo largo de su escolaridad y la mayoría de éstos nos llegan derivados de otros centros por haber sido expulsados.

Las conductas más reprobadas por el profesorado son las que tienen que ver con los alumnos que demuestran poco interés por sus clases, que no trabajan, que no traen el material necesario, que no prestan atención o/y distraen a sus compañeros, interrumpiendo la marcha normal de la clase.

Ahora que están matriculándose en nuestro Centro alumnos procedentes de otros países, se concede importancia especial a su integración para que no se produzcan conductas que supongan discriminación, racismo o xenofobia.

A las familias les preocupa principalmente aquellos procederes de los alumnos que interfieran en el proceso de enseñanza – aprendizaje de sus hijos, que impiden que las clases se desarrollen en las mejores condiciones y no puedan aprovecharse debídamente.

Los alumnos conceden importancia principal a que se respeten sus pertenencias y a que el comportamiento de los compañeros no dificulte que las clases puedan impartirse con normalidad.

3. OBJETIVOS Y ACTUACIONES DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

3.1. OBJETIVOS.

• Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen clima de convivencia.

• Cimentar las relaciones personales de todos los miembros de la comunidad educativa en el respeto mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de convivencia.

• Corregir las conductas disruptivas que perturban el clima de clase para evitar la conflictividad.

• Priorizar la resolución de los conflictos de manera formativa mediante la negociación y el esfuerzo conjunto del profesor y los alumnos.

• Actuar ante los conflictos actuales, siempre que sea posible, de manera constructiva para la prevención de un conflicto más grave en el futuro.

• Establecer unos principios de actuación que orienten las intervenciones de todos los profesores , evitando contradicciones que desorienten a los alumnos .

• Analizar las causas de las conductas disruptivas y procurar resolverlas como paso previo para solventar problemas de convivencia.

• Utilizar las medidas punitivas como último recurso para solucionar los problemas de convivencia, y sólo cuando las estrategias motivacionales y educativas no hayan dado resultado.

• Conservar y hacer buen uso de las instalaciones del Centro y de los materiales didácticos y respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

• Valorar las actividades extraescolares y complementarias como un medio para las relaciones con otros alumnos, otras instituciones, otros profesores, otros espacios etc… y ser capaces de dar soluciones en esas circunstancias a problemas de convivencia.

• Mantener el interés y la participación de los padres en la comunidad educativa, especialmente en actividades relacionadas con la convivencia para consolidar el sentimiento de pertenencia a la misma.

3.2. ACTUACIONES PREVISTAS.

1. Actividad. Debate y revisión del Plan de Convivencia.

• Responsables: La Comisión de convivencia para la revisión del Plan de convivencia formada por la Directora , los coordinadores de etapa y la coordinadora de Pastoral.

• Recursos: El Plan de Convivencia vigente y Memoria del Plan de Convivencia del curso anterior.

• Metodología: La comisión de seguimiento analizará el Plan de Convivencia y presentará una propuesta de modificación a los distintos sectores de la Comunidad Educativa.

Estos sectores, una vez analizada la propuesta, presentan las modificaciones que estimen oportunas o realizan una propuesta nueva.

La comisión de seguimiento estudia las aportaciones recibidas e incorpora las propuestas recibidas procurando integrar todas las aportaciones.

Finalizado el documento se llevará al Consejo Escolar para su aprobación, si procede.

• Temporalización: Septiembre, Octubre.

2. Actividad. Presentación del Plan de Convivencia a principio de curso a los profesores, alumnos y familia.

• Responsables: Equipo directivo, tutores y departamento de orientación.

• Recursos: Material impreso con lo más significativo del Plan de Convivencia y las Normas de convivencia. Plan de Convivencia en formato digital.

• Metodología: Se convocará a los padres a la reunión inicial de curso y entre los puntos a tratar se expondrá el Plan de Convivencia y se entregará la Normativa de Convivencia y aspectos más importantes.

• Temporalización: Primer trimestre.

3. Actividad. Seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia.

• Responsables: La Comisión de convivencia para la revisión del Plan de convivencia formada por la Directora , un responsable del Departamento de orientación, los coordinadores de etapa y la coordinadora de Pastoral.

• Recursos: El Plan de Convivencia vigente y Memoria del Plan de Convivencia del curso anterior.

• Metodología: Observará la convivencia del Centro y elaborará un informe que recoja las incidencias producidas en dicho periodo, las actuaciones llevadas a cabo, los resultados conseguidos y las propuestas de mejora.

• Temporalización: Trimestralmente.

4. Actividad: Establecimiento de un clima de clase adecuado desde las primeras semanas para mantenerlo durante todo el curso.

• Responsables: Todos los profesores en general y los profesores del grupo en particular.

• Recursos: Plan de Convivencia.

• Metodología: Se establecen de forma inequívoca, en las primeras semanas del curso, los límites que separan las conductas aceptables de las que no lo son mediante un proceso donde el profesor recuerda las normas y ante el incumplimiento de las mismas, las aplica de forma inmediata, evitando que los alumnos más problemáticos realicen conductas que no son aceptables.

En la primera sesión del Claustro de profesores, se indicará a todos sus miembros que pongan especial énfasis en recordar y debatir las normas de convivencia cuando la ocasión se presente y en corregir firmemente las conductas que, por su frecuencia o impacto sobre la clase, afecten decisivamente al desarrollo del trabajo escolar.

• Temporalización: Durante todo el curso.

5. Actividad: Actuación coherente de todo el profesorado en materia de convivencia para evitar ambigüedades y contradicciones que puedan confundir al alumnado y propiciar diferentes comportamientos según el profesor presente.

• Responsables: Todo el profesorado.

• Recursos: Plan de Convivencia y normas específicas de aula.

• Metodología: En las primeras reuniones del curso cada etapa revisará y unificará los criterios comunes de actuación para reforzar las conductas positivas de los alumnos y el buen nivel de convivencia.

Cuando los alumnos protagonicen comportamientos contrarios a las normas de convivencia, el profesor actuará inmediatamente ajustándose a las medidas contempladas en el Plan de Convivencia.

• Temporalización: Todo el curso.

6. Actividad: Sensibilización y prevención contra el maltrato entre iguales en Infantil, Primaria y Secundaria.

• Responsables: Tutoras, Departamento de orientación.

• Recursos: Plan de acción tutorial, Plan de Convivencia y Plan de Atención a la Diversidad.

• Metodología: El Orientador informa de las líneas a seguir en las tutorías, para que los alumnos conozcan y se sensibilicen contra el maltrato entre iguales, poniendo a su disposición el material necesario.

Los tutores organizan en sus grupos respectivos sesiones que informan de los conceptos básicos sobre el maltrato entre iguales, estudios de casos y lo que habría que hacer en el caso de ser víctimas, agresores o espectadores de este tipo de maltrato.

• Temporalización: Al menos dos sesiones de tutoría en cada grupo de alumnos.

7. Actividad: Celebración del “ Día Escolar de la Paz y la No Violencia ”.

• Responsables: Profesorado del Centro.

• Recursos: Normas de convivencia. Documentos escritos y audiovisuales que hablen de la paz y de la no violencia.

• Metodología: El Equipo de Pastoral recuerda que el día 30 de enero se celebra el “Día escolar de la no violencia y de la paz”, y animan a todo el profesorado para que en clase ese día recuerden la fecha a los alumnos y realicen alguna actividad relacionada con esta efeméride: lecturas, visionado de películas y documentales, debates, composiciones escritas, plásticas, musicales…Los murales y otras creaciones plásticas, ambientarán el Centro.

• Temporalización: 2 ª quincena del mes de enero y 30 de enero.

8. Actividad: Establecer la normativa específica de aula.

• Responsables: Tutores.

• Recursos: Normativa de convivencia del Centro.

• Metodología: Se debatirá a nivel de aula.

• Temporalidad: Mes de Octubre, quedando expuesta en el aula durante el resto del curso.

9. Actividad: Realización de reuniones formativas con padres.

• Responsables: Personas encargadas de escuela de padres, Orientadora.

• Recursos: Documentos de análisis, medios audiovisuales,…

• Metodología: Reflexión y dinámicas de grupo.

• Temporalidad: Diferentes momentos a lo largo del curso.

10. Actividad: Dentro del programa de tutoría de Infantil y Primaria se desarrolla un programa denominado “Prevenir para vivir” en el que se trabajan distintos ámbitos: autoestima, habilidades sociales, de comunicación, establecimiento y respeto a las normas y cooperación, colaboración y cortesía.

• Responsables: Tutores

• Recursos: Libros de Actividades, Banco de herramientas, Guía para padres del programa “Prevenir para vivir”, promovido por el Gobierno de la Rioja.

• Metodología: Los tutores que establecen el programa y lo aplican en sus respectivos grupos.

• Temporalización: Quincenal.

11. Actividad: Desarrollo del Programa “La magia de los buenos tratos” para la prevención del maltrato, desarrollo de la autoestima…

• Responsables : Tutora de 3º Educación Infantil.

• Recursos : Libro de Actividades.

• Metodología : El programa se aplica directamente con el alumnado.

• Temporalidad: Diferentes momentos a lo largo del curso.

12. Actividad: Acción Tutorial en Educación Primaria: “Ser, convivir y pensar”

• Responsables : Tutoras de Educación Primaria.

• Recursos : Cuaderno de Actividades.

• Metodología : El programa se aplica directamente con el alumnado.

• Temporalidad: Quincenalmente.

13. Actividad : Dentro del programa de tutoría de 2º de ESO, se desarrollan los bloques: Derechos y deberes de los alumnos, elección de delegados, normas de convivencia.

• Responsables: Profesor del área de Humanidades.

• Recursos: Libros de texto: “La tutoría en la ESO ” de la editorial ICCE de 3º de ESO, y “Guía de orientación y tutoría en ESO” de la editorial Algibe de 3º de ESO.

• Metodología: El Orientador/a del Centro asesora a los tutores/as, que establecen el programa y lo aplican en sus respectivos grupos en las horas de tutoría.

• Temporalidad: Diferentes momentos a lo largo del curso.

14. Actividad: Dentro de la asignatura de Ética de 4º de ESO, se desarrollan los bloques: Normas de aula, normas de cortesía, funcionamiento y cohesión del grupo clase.

• Responsables: Profesor del área de Humanidades.

• Recursos: Libros de texto:

• Metodología: El Orientador/a del Centro asesora a las tutoras/es, que establecen el programa y lo aplican en sus respectivos grupos en las horas de tutoría.

• Temporalidad: Diferentes momentos a lo largo del curso.

4. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO.

Según establece el Decreto 4/2009 de 23 de Enero Título V “ Aplicación Normas de convivencia” y nuestro ROF en su Título primero Capítulo II, las Normas de Convivencia son de obligado cumplimiento para todas los alumnos del Centro y responden a la necesidad de mantener, tanto dentro de las aulas como en el resto del recinto escolar, un clima adecuado a la tarea formativa propia del Centro, será de aplicación en todos los sectores de la comunidad educativa y en todas las actividades que se realicen en el recinto escolar, igualmente durante la realización de actividades complementarias y extraescolares y servicios educativos complementarios (aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares) y grupos Divino Maestro.

En el ejercicio de la autonomía que la Ley vigente concede a los centros y de acuerdo con las características de nuestro alumnado se concretan las normas de convivencia en las siguientes obligaciones:

A. Normas de convivencia generales del Centro

RELATIVAS A LOS PADRES

• Conocer y observar la Normativa del Centro.

• Atender las citaciones del Centro.

• Abstenerse de visitar y llamar telefónicamente a sus hijos o profesores durante las clases y recreos sin causa justificada.

• Tener un comportamiento correcto dentro del recinto escolar.

• No desautorizar la acción de los profesores en presencia de sus hijos, si es preciso, solicitar entrevista con el profesor para posibles aclaraciones.

• Facilitar información veraz a los profesores referente a sus hijos, en cuanto a los distintos aspectos de su personalidad.

• Colaborar con los profesores en aquellas actividades para las que se solicite ayuda.

• En caso de separación judicial de los padres, justificar a quien corresponda la guarda y custodia de sus hijos.

• Evitar entrevistas con los profesores y entrar en las aulas, en horario escolar ateniéndose a la hora establecida por la tutoría.

• Colaborar en la labor educativa de los profesores sobre los alumnos y motivar la realización de las actividades escolares.

• Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos/as respecto del Centro:

• Puntualidad en las entradas.

• Orden, limpieza e higiene personal.

• Ropa designada a la actividad escolar (Uniforme y equipamiento deportivo del Centro)

• Distribuir y coordinar su tiempo libre y de ocio, especialmente, en lo relativo a las lecturas, juegos y TV.

• Comunicar las ausencias y retrasos de sus hijos/as durante el horario escolar a través de la agenda (pág.37).

• Recoger personalmente, o mediante persona autorizada a los alumnos/as que tengan que ausentarse del Centro durante el horario escolar, previa autorización previa autorización a través de la agenda (pág.41).

• Estimular a sus hijos en el respeto a las Normas de Convivencia del Centro, como elemento que contribuye a su formación.

• Dejar entrar a sus hijos solos desde el porche y recogerlos en el, evitando entrar en aulas y pasillos en horario escolar. La puerta de acceso al Centro se cerrará 5 minutos después de la hora fijada.

• Recoger a sus hijos/as puntualmente a la salida de las clases. Ni el profesor, ni el Centro se hacen responsables de los niños a partir de esta hora.

NORMAS RELATIVAS A LOS PROFESORES

• Actualizarse y perfeccionarse en su profesión e investigar los recursos didácticos más apropiados para el trabajo escolar.

• Preparar adecuadamente las clases: programación anual, trimestral y quincenal.

• Asistir con puntualidad a las clases y reuniones.

• Atender a los alumnos en el recreo, ateniéndose a los turnos correspondientes.

• Respetar la personalidad de cada alumno/a, descubriendo y potenciando sus capacidades, destrezas y habilidades.

• Escuchar a los alumnos/as comprenderles, ayudarles con palabras amables y dándole seguridad.

• No hacer distinciones entre alumnos/as.

• En la medida de lo posible, individualizar la enseñanza, acomodándose a los conocimientos y características de cada alumno/a.

• Asumir las decisiones del claustro de profesores, del Consejo Escolar y de las autoridades educativas.

• Cooperar en el mantenimiento del orden y disciplina del recinto escolar.

• Colaborar en el mantenimiento y buen uso del material e instalaciones del Centro.

• Ser conscientes de las condiciones ambientales, sociales y culturales de cada alumno/a.

• Mantener contactos periódicos y sistemáticos, dentro del horario previsto, para atención a padres.

• Recibir la visita de los padres cuando lo soliciten respetando los horarios y normas.

• Solicitar la justificación de las ausencias y salidas del Centro de los alumnos/as.

NORMAS RELATIVAS A LOS ALUMNOS

Puntualidad al entrar a clase.

Traer siempre el material escolar.

Mantener actitud de escucha e interés cunado explica el profesor.

Permanecer sentado cuando se trabaja en clase y no molestar al compañero.

Escuchar a los compañeros sin interrumpir, y pedir el turno de palabra para intervenir.

Utilizar un vocabulario educado, y adecuado al momento.

Pedir permiso al profesor para salir de clase.

Caminar por pasillos y escaleras sin correr y con un tono de voz adecuado.

Vestir ropa asignada al trabajo de clase (Uniforme y equipamiento deportivo del Centro)

Nos trataremos con respeto y amabilidad, evitando toda agresión física en el patio, en la clase y en entradas y salidas.

Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa : no agredir, ni insultar, ni amenazar.

Todas las cosas tienen su propietario. No te apropies de lo que no te pertenece. Si encuentras algo en el Centro, entrégalo en portería o en dirección. El Colegio no responde del dinero u objetos de valor que puedan extraviar los alumnos.

Para lograr un ambiente más agradable, mantenemos limpia y ordenada la clase. Utilizaremos las papeleras, tanto en la clase como en el patio.

Favorecer la buena marcha de las clases, en actitud de respeto, trabajo y colaboración con profesores y compañeros.

Evita juegos violentos, pueden dañarte a ti y a tus compañeros.

Mantén una actitud de silencio mientras te hablan, no interrumpas y plantea la pregunta al final.

No te ausentes del Centro sin autorización, ni te quedes en la clase sin conocimiento del profesor responsable en ese momento. En el recreo no se puede salir del Centro.

Se prestará especial atención a tu comportamiento y disciplina, pudiendo causar baja en el centro, según prevé la legislación, por incumplimiento de tus deberes como alumno/a.

No traigas objetos que puedan dañar o molestar a tus compañeros/as.

No traigas objetos que puedan distraer, molestar o interrumpir el desarrollo de las clases. En particular no está permitido ningún uso de aparatos electrónicos de ocio ni teléfonos móviles en todo el horario escolar dentro del centro. El aparato se retendrá durante un período de un mes, excepto cuando se trate de una situación accidental, que se retendrá durante un día por la negligencia de no haberlo apagado.

En el intercambio de clases los alumnos/as permanecerán en el aula con un comportamiento adecuado.

En todas las actividades escolares desde 2º de infantil hasta 4º E.S.O. se llevará uniforme, excepto en educación física y salidas al aire libre en las que se utilizará el chándal del colegio hasta 6º de Primaria.

B. Normas específicas de aula.

 5. ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN.

El espíritu del Centro es valorar y reconocer las acciones positivas más que el imponer un orden estricto de sanciones, poniendo especial cuidado en la prevención de actuaciones contrarias a las Normas de Convivencia. Aún así, consideramos, que establecer unas medidas correctoras es necesario para unificar criterios y determinar actuaciones que corrijan las acciones contrarias a las Normas de Convivencia.

Constituirán faltas de disciplina todas las acciones que atentan contra:

• El normal funcionamiento de la vida escolar.

• El respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

• El trabajo escolar.

• La conservación del material y las instalaciones.

5.1. Principios, gradación y ámbitos:

Los principios que han de regir en la aplicación de las correcciones serán:

• Educación : Cuando la comisión de una falta haga necesaria la adopción de medidas disciplinarias, las correcciones que se impongan deberán tener un carácter educativo y deberán contribuir al proceso general de formación y recuperación del alumno; por lo que en ningún caso dichas correcciones afectarán a su derecho a la educación y a la evaluación.

• Inmediatez: Para que las correcciones sean efectivas han de aplicarse lo más cercanas posibles al momento en que las faltas sean cometidas, de esta forma el alumno establecerá la asociación conducta-consecuencia.

• Proporción: La corrección ha de ser proporcionada a la falta, teniéndose en cuenta las circunstancias concretas que la rodeen.

• Consistencia: Las mismas conductas han de tener siempre las mismas consecuencias, sin perjuicio de los atenuantes y agravantes que concurran en aquellas.

• Interés general: A la hora de aplicar las correcciones se considerará la repercusión que las acciones tengan en el resto del alumnado y en sus derechos.

A efectos de la gradación de las correcciones ( Artículo 40 del Decreto 4/2009 de 23 de enero):

• Atenuantes son las siguientes circunstancias:

-El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la reparación espontánea del daño producido.

-La falta de intencionalidad.

-La petición de excusas públicas o privadas.

-Edad del alumno que comete la falta.

-Enfermedades que supongan alteraciones de la conducta, dictaminadas por un especialista.

• Agravantes de la responsabilidad son las siguientes:

-La premeditación.

-La reiteración.

-Los daños, injurias u ofensas causados a los compañeros, en particular a los de menor edad o a los recién incorporados al Centro.

-Las acciones que impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así como por cualquier otra condición personal o social.

-La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de demás miembros de la comunidad educativa.

-La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al Centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.

– Cuando la persona contra la que se comete la infracción sea un profesor.

El Ámbito de aplicación de las Normas de Convivencia (Artículo 41 del decreto 4/2009 de 23 de enero):

1. Las normas de convivencia serán de aplicación a cualquier actividad desarrollada en el recinto escolar, en las actividades complementarias y extraescolares, servicios educativos complementarios, así como las vinculadas a las entradas y salidas del centro y en el transporte escolar.

2. En el caso de comisión de actos que pudieran ser constitutivos de delito o falta penal, los profesores y el Equipo Directivo del centro tienen la obligación de poner los hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes y/o del Ministerio Fiscal.

5.2. Clasificación de las faltas.

Según el Decreto 4/2009 de 23 de Enero, las faltas de disciplina se clasifican en conductas contrarias a las normas de convivencia y conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro.

A. Descripción de las conductas contrarias a las normas de convivencia y aplicación de las correcciones:

Según el artículo 47 del Decreto 4/2009 de 23 de enero, son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las establecidas por los centros conforme a la normativa vigente y, en todo caso, las siguientes:

• Las faltas injustificadas de puntualidad.

• La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje, así como la reiterada asistencia a clase sin el material necesario.

• Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase y del Centro.

• Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

• La utilización de cualquier tipo de elemento o dispositivo que interfiera en la actividad ordinaria de la vida escolar durante los periodos lectivos o actividades extraescolares.

• Causar deterioro o daño intencional en las instalaciones del centro, recursos materiales o en las pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.

• Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros.

• La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria a las normas de convivencia.

• La negativa a trasladar a sus padres o tutores la información facilitada en el centro.

• Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no merezca la calificación de gravemente perjudicial para la convivencia.

Según el artículo 48 del Decreto 4/2009 de 23 de enero, para corregir estas faltas podrán aplicarse las siguientes sanciones:

• Amonestaciones verbales: Consistirán en avisos verbales o en llamadas de atención sobre la conducta constitutiva de falta del alumno/a; en la medida de lo posible se intentará que sea privada.

• Amonestación escrita (ANEXO I ): El profesor informa por escrito al tutor/a, al Jefe/a de Estudios y a los padres sobre la falta cometida por el alumno/a, utilizando el modelo preparado para estos casos. Las amonestaciones por escrito serán acumulables y tres constituirán falta grave.

• Apercibimiento por escrito (ANEXO I ): Consistirá en solicitar al alumno que comunique a los padres/tutores la amonestación verbal que se le ha hecho sobre la conducta objeto de falta mediante los instrumentos establecidos y que éstos se den por avisados de la amonestación firmando en dichos documentos. Con ello se persigue la información y la implicación de los padres/tutores en la corrección de las conductas.

• Permanecer en el aula en horario no lectivo . Consistirá en permanecer en el aula como máximo 15 minutos al final de la jornada lectiva acompañados del profesor/a que impone la corrección. Se utilizará cuando se quiere corregir la falta con inmediatez.

• Realización de trabajos en horario no lectivo: Se procurará que estos trabajos guarden relación con el tipo de conducta que se desea corregir. En general, la corrección de trabajos se usará por los profesores como sanción para los alumnos que cometan las faltas en su clase y preferiblemente para faltas de tipo académico.

• Privación del recreo: Podrá ser impuesta por un profesor, por un tutor. Esta corrección se realizará donde el profesor corrector determine y se responsabilizará de ella. El profesor mandará al alumno que realice un trabajo durante este periodo del recreo o reparación de daños. En ningún caso esta corrección superará las dos semanas por cada falta.

• Realización de tareas en horario no lectivo: Éstas deberán contribuir a la mejora y el desarrollo de las actividades del Centro o estarán dirigidas a reparar los daños causados en instalaciones, material o pertenencias de otros miembros de la Comunidad.

• Reposición o pago de los materiales dañados: Cuando el daño en las instalaciones, materiales o pertenencias personales impliquen la reparación o la adquisición de los mismos, el alumno/a se hará cargo de los gastos derivados.

• Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias: Dependiendo de la gravedad de la conducta, la corrección afectará a una o más actividades, por un máximo de un mes.

• Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases: Esta suspensión no superará las tres clases y durante este tiempo, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo.

• Realización de trabajos específicos en horario no lectivo: Estos trabajos guardarán relación directa con la falta cometida y se realizarán donde el profesor/a corrector determine, responsabilizándose de ellos. El alumno/a deberá acudir al Centro con el uniforme preceptivo.

• Suspensión de derecho de asistencia al Centro: Esta corrección no superará los diez días y durante este periodo el alumno deberá realizar trabajos que los profesores de su grupo determinarán para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Serán conductas contrarias a las normas de convivencia las siguientes:

• Las faltas de puntualidad se considerarán como retraso (a) . Tres retrasos sin justificar tendrán la consideración de falta de asistencia. El profesor de la materia será quien se encargue de anotar el retraso. El tutor contabilizará los retrasos y establecerá las faltas de asistencia que deriven de su acumulación. Advertirá al alumno de las consecuencias académicas y disciplinarias de la reiteración de los retrasos.

• Tres faltas de asistencia a clase no justificadas (a) . Aplicará la corrección correspondiente el tutor del alumno. La corrección consistirá en una amonestación por escrito que será comunicada a los padres/madres/tutores utilizando el modelo establecido por el Centro.

• La actitud indiferente hacia las actividades del proceso de enseñanza–aprendizaje mantenida durante más de dos clases en una materia (b) . El profesor/a de esta materia amonestará verbalmente al alumno/a en cada ocasión y al tercer día de observar la misma actitud, entregará al alumno/a una comunicación escrita para sus padres/madres/tutores.

• No seguir las indicaciones de los profesores/as o personas responsables en las visitas fuera del Centro (b). El profesor/a responsable amonestará al alumno/a verbalmente, y si persiste en la misma actitud, se informará al tutor/a, y este podrá privarle de la asistencia a la próxima salida.

• No disponer del material necesario para su aprendizaje durante más de dos clases en una materia (b) . El profesor/a de esta materia amonestará verbalmente al alumno/a en cada ocasión, podrá mandarle realizar trabajos relacionados con la materia y, al tercer día de observar la misma actitud, entregará al alumno/a una comunicación escrita para sus padres/madres/tutores.

• No guardar las debidas normas de seguridad establecidas en clase, utilizar el material o poner en funcionamiento aparatos sin la debida autorización del profesor/a (b) . Éste será competente para corregir la conducta observada amonestándole verbalmente. En caso de mantener esta actitud o de reincidencia será amonestado por escrito, valorando la gravedad de los hechos y actuando en consecuencia.

• No asistir al Centro cuando éste organice actividades complementarias o de otro tipo que rompa la dinámica diaria de clases (b). El alumno/a presentará al día siguiente de su incorporación a clase, un trabajo relacionado con dicha actividad, que previamente habrá comunicado el profesor/a encargado de programar la actividad.

• Hacer comentarios despectivos u ofensivos respecto a las actividades encomendadas que impliquen falta de respeto implícita o explícita a los profesores/as y/o alumnos/as, o que su descrédito pueda generar en los alumnos/as desaprovechamiento de las mismas (c) . Se corregirá con una amonestación verbal y/o la realización de trabajos; en caso de reincidencia, se sancionará con una amonestación escrita.

• Hacer comentarios despectivos u ofensivos respecto a las actividades organizadas por el Centro en relación con su ideología y Carácter Propio (c) . Se corregirá con una amonestación verbal por parte del profesor/a que observe la conducta, en caso de reincidencia se sancionará con una amonestación escrita.

• Ofender, insultar o desacreditar levemente a algún compañero/a (d) . Será corregido por el profesor/a con una amonestación verbal y/o la realización de trabajos; si se reincidiera en este comportamiento, será sancionado con una amonestación escrita.

• Los actos de indisciplina, injuria u ofensa leve contra miembros de la Comunidad Educativa (d) . El tutor/a del alumno/a podrá proponer la suspensión del derecho del alumno/a a participar en actividades extraescolares determinadas o la realización de trabajos específicos en horario no lectivo relacionados con la falta cometida. De estas correcciones deberá quedar constancia por escrito en Jefatura de Estudios. Cuando las circunstancias lo aconsejen el Director podrá suspender al alumno/a del derecho de asistencia al Centro entre 1 y 3 días.

• Ignorar las llamadas de atención del personal docente y no docente del Centro (d) . Será competente para corregir esta conducta el propio profesor/a, o el tutor/a, una vez que éste haya recibido la comunicación correspondiente. Oído al alumno/a, se le exigirá que pida disculpas a la persona que le llamó la atención y/o se le privará de salir al recreo durante un periodo determinado de días y se comunicará esta situación a los padres. Cuando, reiteradamente, el alumno/a no responda a las llamadas de atención, esta conducta tendrá la consideración de falta grave.

• Utilizar aparatos grabadores y reproductores, teléfonos móviles, alarmas sonoras y otros objetos que perturben el curso normal de las clases (e) . El profesor/a que observe alguna de estas conductas las corregirá amonestando verbalmente e incautando el aparato y entregándoselo al tutor/a. Este lo dará a los padres/tutores cuando vengan a recogerlo. En caso de reincidencia será amonestado por escrito.

• El deterioro no grave de las dependencias del Centro, de su material o de los objetos y pertenencias de la Comunidad Educativa causado intencionadamente (f) . Se entiende por deterioro no grave el que no impide el normal uso del objeto deteriorado. Será competente para corregir al alumno/a, en este caso, el profesor/a que haya observado su conducta. Amonestación verbal y comunicación del hecho al tutor/a, quien, oído el alumno/a, podrá imponer una corrección consistente en reparar el objeto dañado o a sustituirlo por otro nuevo, en su caso, o correr con los gastos que se deriven de su arreglo o también puede privarle de un determinado número de recreos.

• Pintar, escribir o ensuciar levemente las paredes o el mobiliario del Centro, sin que aparezcan expresiones groseras o irrespetuosas (f) . Cualquier profesor/a que contemplase esta conducta será el encargado de corregirla amonestándole verbalmente y obligándole a que limpie la pared o el mobiliario ensuciado. En caso de reincidencia deberá poner en conocimiento del tutor/a esta circunstancia, que podrá corregirle privándole del recreo un número determinado de días.

• No presentar el justificante o presentarlo después del plazo establecido al profesor competente (h) . Supondrá la no realización del examen.

• No asistir al centro aseado y debidamente uniformado (i). Cualquier profesor/a será competente para corregir esta conducta mediante amonestación verbal y haciéndolo constar en el apartado de observaciones del parte de asistencia. Tres faltas se considera reincidencia, el tutor/a emitirá una amonestación escrita. Si el alumno/a sigue manifestando la misma actitud se considerará falta grave y acudirá de forma inmediata ante el Director/a.

• Permanecer en el aula o en los pasillos durante el recreo (i) . Cualquier profesor/a del Centro que descubra esta conducta podrá corregirla, amonestando verbalmente al alumno/a y comunicando esta circunstancia al tutor/a correspondiente. Cuando dicho tutor/a lo considere oportuno, debido a la reincidencia del comportamiento podrá emitir una amonestación por escrito.

• Permanecer de manera injustificada en pasillos durante las horas lectivas (i) . Cualquier profesor/a será competente para corregir esta conducta mediante amonestación verbal y comunicando esta circunstancia al tutor/a correspondiente. En caso de reiteración, comparecencia inmediata ante el Jefe/a de Estudios, quien, oído al alumno/a, considerará la corrección a establecer; pudiendo amonestarle por escrito o corregirle privándole del recreo un número determinado de días.

• Jugar durante el recreo en el porche y zonas de tránsito (i). Será competente para corregir esta conducta el profesor/a que observe la falta, amonestando al alumno/a verbalmente e informando a los profesores responsables de la vigilancia del recreo. La reiteración en la conducta, supondrá quedar privado del recreo un número determinado de días.

• Utilizar pelotas que no sean de foam o hacerlo en zonas techadas(i). Cualquier profesor/a que se percate de la misma, amonestará verbalmente al alumno/a que cometa la falta. En caso de reincidencia se retirará el balón durante un número determinado de días.

• Venir al centro expresamente para realizar exámenes o entregar trabajos (i). El profesor/a responsable de la materia ni examinará, ni aceptará el trabajo. Salvo en caso de enfermedad de larga duración.

• Arrojar objetos al suelo en cualquier dependencia del Centro (i) . Será competente para corregir esta conducta cualquier profesor/a que se percate de la misma, y lo hará amonestándole verbalmente y mandándole recoger los objetos tirados, en caso de reincidencia, este comportamiento podrá corregirse mandándole que recoja los objetos tirados durante varios días en las dependencias afectadas.

• Entrar y salir de clase sin orden y no ceder el paso(i) . . Será competente para corregir esta conducta cualquier profesor/a que la observe, amonestando al alumno/a verbalmente. En caso de alboroto, repetirán la entrada y salida de clase hasta que se haga correctamente

• Mascar chicles, comer o beber en clase(i) .. El profesor/a que en ese momento imparte clase deberá corregir al alumno/a amonestándole verbalmente en primera instancia y pidiéndole que desista en su comportamiento. En caso de mantener esta conducta se le privará del recreo un número determinado de días y si su actitud persiste se le amonestará por escrito.

• El alumno/a beneficiario que no cumpla con el programa de gratuidad de libros de textos(i) . . El tutor/a o el profesor/a de la materia revisará los libros de texto, y en caso de deterioro, informará al Director/a y este procederá según la Normativa vigente.

• Los padres/madres/tutores que asistan a actividades programadas para sus hijos/as sin previa autorización del Centro. (i) . El profesor/a encargado de dicha actividad, les comunicará que su hijo/a no podrá asistir a la siguiente actividad que se realice.

• Permanecer en el Centro al finalizar la jornada lectiva matinal. (i) . Cualquier profesor/a será competente para corregir esta conducta amonestando al alumno/a verbalmente. En caso de reincidencia quedará privado del recreo un número determinado de días.

B. Descripción de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro y aplicación de las correcciones:

Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes (Artículo 50 del Decreto 4/2009 de 23 de enero):

a) Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, faltas de respeto o actitudes desafiantes, así como la agresión física o moral, la discriminación u ofensas graves, y la falta de respeto a la integridad y dignidad personal, contra los profesores u otros miembros de la comunidad educativa, así como las vejaciones o humillaciones que por razón de sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social pudieran realizarse.

b) La reiteración a lo largo de un año de tres o más conductas contrarias a la convivencia en el centro.

c) El acoso físico o moral, las amenazas y las coacciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, especialmente entre iguales.

d) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

e) El deterioro intencionado y grave en las instalaciones, materiales, documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

f) La realización de actos o la introducción en el centro de objetos o sustancias peligrosas para la salud y para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, o la incitación a los mismos o a su consumo.

g) La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte de agresiones o conductas inapropiadas.

h) La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de convivencia que se determine en el Reglamento Organización y Funcionamiento del Centro.

i) Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia del centro si concurren circunstancias especialmente agravantes, como abuso de poder, colectividad, publicidad intencionada.

j) El incumplimiento de las sanciones impuestas.

k) La incitación o estímulo a la comisión de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro.

Para corregir estas faltas podrán aplicarse las siguientes sanciones (Artículo 51 del Decreto 4/2009 de 23 de enero):

• Realización de tareas que impliquen un servicio a la comunidad fuera del horario del Centro: Estas tareas podrán ser, entre otras, limpieza del patio, mantenimiento de paredes, restauración del mobiliario…

• Reparación, reposición o pago de materiales dañados: Cuando el daño de las instalaciones, materiales o pertenencias impliquen la necesidad de que sean reparados, o sustituidos por otros nuevos, el alumno los reparará, si ello es posible, o en su caso, los repondrá haciéndose cargo de los gastos que conlleven.

• Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias: Por un periodo mínimo de un mes o el tiempo que reste hasta final de curso.

• Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases: Esta suspensión será durante un periodo entre diez y veinte días lectivos. Permaneciendo el alumno en le centro y durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en le proceso formativo.

• Suspensión del derecho de asistencia al Centro: Esta suspensión será durante un periodo entre diez y veinte días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

• Cambio de Centro: Esta corrección se hará previo informe y aprobación de los Servicios de Inspección Educativa.

• Perdida del derecho a la evaluación continua en alumnos mayores de 16 años: El alumno se someterá a las pruebas finales.

Serán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro las siguientes:

• Las agresiones físicas intencionadas como golpes, patadas, lanzamiento de objetos y empujones, contra los demás miembros de la Comunidad Educativa (a).

• Ofender, insultar o desacreditar a algún miembro de la Comunidad Educativa , sobre todo si implica discriminación por razón de género, extracción social o cultural y étnica; orientación sexual; convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (a).

• Abandonar injustificadamente el Centro durante los periodos lectivos, incluidos los recreos (a) .

• La acumulación de tres faltas leves por inasistencia a clase podrá dar lugar a una falta gravemente perjudicial (b).

• La interrupción de la correspondencia del Centro con la familia, la falsificación de documentos (d) .

• Fumar en el Centro (f) .

• Causar, por negligencia o por uso indebido, daños graves en los locales, material o documentos del Centro o en las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa , que dificulten el uso normal de los mismos (e) .

• La falta tipificada como leve, si concurren las circunstancias de colectividad y/o publicidad intencionada (i).

• El incumplimiento de las sanciones impuestas (j).

Será competencia del profesor/a que observe la falta corregir la conducta y comunicarlo por escrito al tutor/a utilizando el documento previsto para ello (ANEXO I ). El tutor/a lo hará llegar al director.

Será competencia del Director/a del Centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas en el artículo 52 del Decreto 4/2009 de 23 de enero, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia.

Prescripción de las conductas gravemente perjudiciales para la Convivencia en el Centro.

Según el artículo 52 del Decreto 4/2009 de 23 de enero , este tipo de conductas prescribirán en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los períodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia.

6. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE CORRECCIONES O SANCIONES.

Según el titulo VII del Decreto 4/2009 de 23 de enero el procedimiento para la imposición de las correcciones y de las sanciones es el siguiente:

a. Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente Decreto será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno/a.

Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del apartado correspondiente a conductas contrarias a las normas de convivencia de este Plan, y el alumno/a sea menor de edad, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales.

Asimismo, para la imposición de las correcciones previstas en las letras c), d) y e) del apartado correspondiente a conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro de este Plan, deberá oírse al profesor/a o tutor/a del alumno/a.

Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas

b. Los profesores/as y el tutor/a del alumno/a deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso, al tutor/a, de las correcciones que impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno/a de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.

Reclamaciones (artículo 63 del decreto 4/2009 de 23 de enero).

a. El alumno o alumna, sus padres, madres o representantes legales, podrán presentar en el plazo de dos días lectivos una reclamación contra las correcciones o medidas disciplinarias impuestas, ante quien las impuso.

En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno.

b. Asimismo, las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del alumnado a que se refiere el título VII del presente Decreto podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presentó la instancia, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas.

Recursos (artículo 64 del decreto 4/2009 de 23 de enero).

1. En los términos previstos en este Decreto son impugnables, sin perjuicio del ejercicio de otro tipo de derechos que pudieran asistir a los alumnos o sus familias, todas las medidas correctoras y sanciones previstas.

2. La impugnación de las medidas correctoras y sanciones, en el caso de centros públicos, se realizará mediante recurso de alzada ante la Dirección General competente en la materia, frente a cuya resolución no cabe interponer más recursos en vía administrativa.

3. La impugnación de las sanciones impuestas en los centros privados sostenidos con fondos públicos, podrán ser objeto de reclamación ante la Dirección General competente en la materia. La resolución que se dicte pondrá fin a la vía administrativa.

4. En el caso de medidas impuestas ante conductas contrarias a la convivencia en el centro y ante conductas gravemente perjudiciales recogidas en las letras a) a d) del apartado 1º del artículo 51, dichos recursos o reclamaciones podrán ser interpuestos en el plazo de diez días lectivos, en caso de que el procedimiento se desarrolle durante el curso escolar, o diez días hábiles, si se desarrolla durante el periodo de las vacaciones de verano, a partir del siguiente en que se produjo la notificación definitiva del acto en el ámbito del centro educativo. Su resolución por el órgano competente pondrá fin a la vía administrativa.

5. En el caso de medidas impuestas ante conductas gravemente perjudiciales a la convivencia en el centro, por sanciones establecidas en función de las letras e) a h) del apartado 1º del artículo 51, dichos recursos o reclamaciones podrán ser interpuestos en los términos previstos en los artículos 144 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Su resolución por el órgano competente pondrá fin a la vía administrativa.

Prescripción (artículo 65 del decreto 4/2009 de 23 de enero).

1. Las faltas relacionadas con conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, así como las sanciones y cualquier medida que pudiera ser impuesta, prescriben en el plazo de 3 meses, a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido o, en su caso, a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado.

2. Las faltas relacionadas con conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro, así como las sanciones o cualquier medida que pudiera ser impuesta ante ellas, prescriben en el plazo de 6 meses, a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido o en su caso a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado.

3. Los períodos vacacionales suspenden el cómputo de los plazos.

7. COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

Según el artículo 11 del Decreto 4/2009 de 23 de enero, la comisión de convivencia está formada por el Director/a, el Jefe/a de Estudios, un representante de los padres, uno de los alumnos/as y uno de los profesores/as, entre los que componen el Consejo Escolar. Además para el seguimiento y supervisión del Plan de Convivencia se incorporará la Orientadora del Centro.

La Comisión de Convivencia tendrá las siguientes funciones (artículo 8 del Decreto 19/2007 de 23 de enero):

a) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros.

b) Coordinar el Plan de Convivencia y desarrollar iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos.

c) Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

d) Evaluar periódicamente, por delegación del Consejo Escolar, la situación de la convivencia en el centro y los resultados de la aplicación de sus normas.

e) Realizar el seguimiento del cumplimiento efectivo de las correcciones en los términos en que hayan sido impuestas, velando por que éstas se atengan a la normativa vigente.

f) Dar cuenta al Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y resultados obtenidos y elaborar el informe anual sobre el Plan de Convivencia, que se elevará al Consejo Escolar.

g) Conocer las decisiones tomadas por el Director en la corrección y sanción de las conductas contrarias a la convivencia del centro.

h) Intervenir en la resolución pacífica de conflictos.

i) Cualesquiera otras que pudieran serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas al conocimiento de la resolución de conflictos y a la mejora de la convivencia en el centro.

En sus actuaciones mantendrá un principio de discreción respecto a los asuntos tratados, siendo el Consejo Escolar en pleno el único ámbito donde dará cuenta de las actuaciones en materia de disciplina.

La comisión de convivencia se reunirá dos veces al año para ser informada del seguimiento de la convivencia en el Centro, las medidas disciplinarias impuestas y valorar su efectividad. Especialmente debe velar por que se garanticen los procedimientos legales en el caso de sanción, la proporcionalidad en las sanciones y garantizar tanto el carácter educativo de las sanciones como el derecho de todos los miembros de la comunidad educativa a desarrollar la actividad normal con las mejores condiciones posibles.

8. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN.

(Apartado 6 y 8. Instrucciones de 26 de Marzo de 2009, de la Dirección General de Ordenación).

Entre las actividades que figuran en el apartado 5 de este Plan de Convivencia, la primera se refiere a la presentación del Plan a todos los sectores de la Comunidad Educativa. Utilizando diferentes cauces: Material impreso con lo más significativo del Plan de Convivencia y las Normas de convivencia. Plan de Convivencia en formato digital.

La segunda actividad tiene que ver de alguna forma con su seguimiento al propiciar su revisión durante todo el curso.

Asimismo, el Consejo Escolar establecerá el procedimiento para la difusión del Plan de Convivencia, garantizando que sea conocido por todos los miembros de la comunidad educativa, teniendo en cuenta que, como mínimo deberá: ser hecho público en el centro educativo, ser accesible a cualquier miembro de la comunidad educativa y se colgará en la página web del centro educativo.

Los profesores tutores se encargarán de trasladar a sus alumnos y a sus familias una información adecuada y accesible sobre el Plan de Convivencia.

Será la Comisión de Convivencia, quien en primera instancia realizará el seguimiento y evaluación del Plan con una periodicidad al menos cuatrimestral, elaborando un informe que incluya todo lo ocurrido en cada cuatrimestre en materia de convivencia, las actividades y actuaciones realizadas, su valoración y las propuestas de mejora para el periodo siguiente.

A la vista de los informes a que se refiere el párrafo anterior, el Consejo Escolar del centro evaluará el Plan de Convivencia del centro y remitirá dichas las conclusiones de dicha evaluación a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

A final de cada curso escolar la Comisión de convivencia elaborará una memoria sobre la aplicación del Plan de Convivencia que, tras su aprobación por el Consejo Escolar, se incorporará a la memoria final de curso y será enviado a la Inspección Técnica Educativa.

El equipo directivo arbitrará el procedimiento para que la Comisión de convivencia, el claustro de profesores, las asociaciones de madres y padres del alumnado y, en su caso, la junta de delegados de alumnos y las asociaciones del alumnado realicen las aportaciones y propuestas de mejora que consideren pertinentes para su inclusión, si procede, en dicha memoria.

La Directora , como responsable de la aplicación y desarrollo del Plan de Convivencia, coordinará la elaboración de instrumentos para valorar el grado de cumplimiento del Plan.

9. REVISIÓN ANUAL DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

(Apartado 9. Instrucciones de 26 de Marzo de 2009, de la Dirección General de Ordenación).

Dado su carácter de documento institucional para la mejora continua del centro docente, al comienzo de cada curso académico, los centros educativos revisarán su Plan de Convivencia para reformular, en base al análisis de la aplicación de lo programado en el curso anterior y de la evolución del estado de la convivencia en el centro, los objetivos planteados e incorporar, en su caso, las propuestas de mejora recogidas en la memoria del curso anterior.

La revisión anual del Plan de Convivencia deberá ser aprobada por el Consejo Escolar, por mayoría absoluta de sus miembros, incluida en el proyecto educativo del centro y remitida a la Consejería competente en materia de educación junto con el resto de la documentación de comienzo de curso.

10. APROBACIÓN DEL PLAN.

(Apartado 6. Instrucciones de 26 de Marzo de 2009, de la Dirección General de Ordenación).

Corresponde al Consejo Escolar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.6 del Decreto 4/2009, de 23 de enero, la aprobación del Plan de Convivencia. Una vez aprobado se incorporará al Proyecto Educativo del Centro y se dará traslado del mismo a la Inspección Técnica Educativa. Dicho traslado se realizará antes de la finalización del mes de octubre de cada año.

11. MEMORIA DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

(Artículo 15, Orden 18 de julio de 2007)

Los centros educativos elaborarán al final de cada curso escolar una memoria del Plan de Convivencia, que se incorporará a la memoria final de curso, y que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos:

• Grado de implantación y nivel de consecución de los objetivos propuestos.

• Actuaciones realizadas y grado de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.

• Formación y asesoramiento recibidos en esta materia por la comunidad educativa y recursos utilizados.

• Valoración de los resultados, conclusiones y propuestas de continuidad y de mejora para cursos sucesivos.

• Evaluación del proceso y de los resultados.

• Documentación elaborada.